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viernes, 24 de enero de 2014

Hasta 10 años de cárcel a quien establezca ganancias superiores al 30%


En la Gaceta número 40.340 que circula este viernes quedó oficializada la Ley de Costos y Precios Justos, la cual establece que el monto máximo de ganancia en la cadena de comercialización será de un 30 %. El texto también indica que quienes vendan bienes a precios superiores a los fijados serán sancionados con ocho a 10 años de prisión

Por Yaileth Argüelles / laverdad.com

De ocho a 10 años cárcel será la sanción para quienes vendan bienes a precios superiores a los fijados o determinados por la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (Sundds). Así quedó establecido en la Gaceta Oficial número 40.340 que circula este viernes.

“Cuando el boicot, acaparamiento, especulación, contrabando de extracción, usura, cartelización u otros delitos conexos, procuren la desestabilización de la economía; la alteración de la paz y atenten contra la seguridad de la Nación, las penas contempladas se aplicarán en su límite máximo, igualmente se procederá a la confiscación de los bienes”, establece el artículo 56 de la Ley de Precios y Costos, en el apartado de “Desestabilización de la Economía”.

De igual manera establece que las personas que no colaboren de forma oportuna y necesaria con los funcionarios de la Sundde serán multados con 200 y hasta cinco mil unidades tributarias. También recibirán sanción quienes no suministren información requerida por dicho órgano y los que no acaten, o cumplan fuera del plazo establecido, las instrucciones que dicte.

Si existe reincidencia en algunos de estas infracciones, la multa será de 10 mil unidades tributarias junto con el cierre de almacenes, depósitos o establecimientos hasta por 90 días. La cantidad de días dependerá de la gravedad del incumplimiento.

Las personas que vendan productos alimenticios en mal estado o bienes vencidos tendrán que pagar una multa de hasta 10 mil unidades tributarias. Adicionalmente la Sundde podrá imponer la suspensión del Registro Único.

El artículo 55 de la Ley de Precios y Costos justos establece que las personas que de manera conjunta o separada que incurran en omisiones que mpidan la producción, fabricación, importación transporte de bienes serán sancionados de 10 a 12 años de prisión.

El presidente de la República, Nicolás Maduro, anunció días atrás que los comercios no podrán exceder su margen de ganancia de 30 %.

"En ningún caso, el margen de ganancia de cada actor de la cadena de comercialización excederá de treinta puntos porcentuales de la estructura de costos del bien o servicio", seña el texto.

En las disposiciones transitorias de la norma se indica que "los precios justos alcanzados con motivo de la ofensiva económica desplegada por el Presidente de la República, mantendrán su vigencia" hasta que la nueva Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socio Económicos (Sundde), que reemplaza al Indepabis y la Sundecop, determine los nuevos precios.

Sundecop e Indepabis

Las disposiciones transitorias de la ley establecen que se suprimen la Superintendencia de Costos y Precios Justos (Sundecop) y el Instituto para la Defensa de la defensa de las Personas en el Acceso a los y Servicios (Indepabis).

Quedan derogadas la Ley de Costos y Precios Justos y la de Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios.



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