Las personas naturales solamente podrán usar la vía electrónica para notificación y cancelación del tributo. En Gaceta Oficial fue publicada la medida del Seniat EL UNIVERSAL El Seniat (Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria) suspendió la declaración del Impuesto sobre la Renta (ISLR) por planilla o forma DPNR25, de manera que las personas naturales tendrán que efectuar ese procedimiento solamente por la vía electrónica. En la Gaceta Oficial No.40.190 del 17 de junio se publicó la providencia que señala que "las personas naturales deberán presentar electrónicamente sus declaraciones de ISLR" y ordena a las "oficinas receptoras de fondos de abstenerse de recibir los formularios de declaración manual DPNR25, DPJ26, EPJ28 y EPN29 ". La obligatoriedad de declarar por la vía electrónica solamente la tenían aquellas personas naturales cuya determinación del impuesto a pagar era cero. Con la nueva norma se extiende a todas las personas naturales. Dicho proceso lo realizan aquellos que al cierre del ejercicio anual tuvieron ingresos superiores a las 1.000 unidades tributarias y se hace por medio del portal del Seniat (www.seniat.gov.ve).
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martes, 18 de junio de 2013
Suspenden la declaración del ISLR por planilla
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Las personas naturales solamente podrán usar la vía electrónica para notificación y cancelación del tributo. En Gaceta Oficial fue publicada la medida del Seniat EL UNIVERSAL El Seniat (Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria) suspendió la declaración del Impuesto sobre la Renta (ISLR) por planilla o forma DPNR25, de manera que las personas naturales tendrán que efectuar ese procedimiento solamente por la vía electrónica. En la Gaceta Oficial No.40.190 del 17 de junio se publicó la providencia que señala que "las personas naturales deberán presentar electrónicamente sus declaraciones de ISLR" y ordena a las "oficinas receptoras de fondos de abstenerse de recibir los formularios de declaración manual DPNR25, DPJ26, EPJ28 y EPN29 ". La obligatoriedad de declarar por la vía electrónica solamente la tenían aquellas personas naturales cuya determinación del impuesto a pagar era cero. Con la nueva norma se extiende a todas las personas naturales. Dicho proceso lo realizan aquellos que al cierre del ejercicio anual tuvieron ingresos superiores a las 1.000 unidades tributarias y se hace por medio del portal del Seniat (www.seniat.gov.ve).
Las personas naturales solamente podrán usar la vía electrónica para notificación y cancelación del tributo. En Gaceta Oficial fue publicada la medida del Seniat EL UNIVERSAL El Seniat (Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria) suspendió la declaración del Impuesto sobre la Renta (ISLR) por planilla o forma DPNR25, de manera que las personas naturales tendrán que efectuar ese procedimiento solamente por la vía electrónica. En la Gaceta Oficial No.40.190 del 17 de junio se publicó la providencia que señala que "las personas naturales deberán presentar electrónicamente sus declaraciones de ISLR" y ordena a las "oficinas receptoras de fondos de abstenerse de recibir los formularios de declaración manual DPNR25, DPJ26, EPJ28 y EPN29 ". La obligatoriedad de declarar por la vía electrónica solamente la tenían aquellas personas naturales cuya determinación del impuesto a pagar era cero. Con la nueva norma se extiende a todas las personas naturales. Dicho proceso lo realizan aquellos que al cierre del ejercicio anual tuvieron ingresos superiores a las 1.000 unidades tributarias y se hace por medio del portal del Seniat (www.seniat.gov.ve).