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lunes, 17 de marzo de 2014

Bancos deben colocar en lugar visible tasa del Sicad 2


Una resolución obliga a los bancos divulgar la tasa de cambio de la última jornada del mecanismo y a abrir cuentas en divisas cuando se requieran

Mundo Economía y Negocios

El Banco Central de Venezuela (BCV) deberán a los bancos, casas de bolsa y a la Bolsa Pública anunciar públicamente en sus oficinas el resultado del último tipo de cambio referencial de las operaciones transadas por el BCV dentro del Sicad 2.

El BCV divulgó este lunes la resolución 14-03-01 en que explica los detalles operativos de la segunda versión del Sistema Cambio Alternativo de Divisas ( Sicad ), que busca oxigenar el mercando cambiario con una tercera fuente de divisas.

El texto ratifica a los bancos universales, comerciales y microfinancieros, así como a las casas de Bolsa y a la Bolsa Pública a realizar operaciones de corretaje en el llamado Sicad 2.

Los bancos, casas de bolsa y la Bolsa Pública deberán además informar sobre el porcentaje o monto aplicable por concepto de comisión de las operaciones de compra y venta realizadas mediante este mecanismo.

La resolución, suscrita por el primer vicepresidente del emisor, Eudomar Tovar, advierte que las autoridades económicas, como el BCV y el Ministerio de Finanzas y Banca Pública, podrán regular la actuación de las casas de cambio en este mercado de divisas cuando lo consideren necesario.

El BCV, igualmente, destaca que los bancos que tramiten compra de divisas dentro del Sicad 2 deberán abrir las cuentas en dólares a los clientes que no las posean.

Los pasivos que se generen con ocasión de la venta de divisas en el Sicad 2 no se computarán a los efectos de la constitución del encaje legal, añade el emisor.

--Descargue aquí la resolución 14 del BCV sobre el Sicad 2 en pdf

BCV y banca terminaron con las pruebas al sistema del Sicad II

Depósitos de cuentas en divisas no se computarán en el encaje legal

EL UNIVERSAL

El Banco Central de Venezuela y las instituciones financieras culminaron las pruebas al sistema del Sicad II y por ahora se contempla que el mecanismo arranque el próximo jueves.

Aunque las autoridades indicaron que ese esquema comenzaría la semana pasada, la revisión de la plataforma y la falta de normas complementarias retrasaron el inicio de las operaciones.

Ya ayer el Banco Central publicó una de las resoluciones que se requería para operar. En dicha normativa se indica que los bancos y las casas de bolsa podrán realizar las operaciones tanto en efectivo como en títulos valores a través del Sicad II.

Se reitera que para la solicitud de compra de divisas por medio del sistema se requiere tramitar una cuenta en moneda extranjera en el país. "La institución operadora acreditará el monto en divisas liquidado en la cuenta que al efecto indique el cliente", agrega la norma.

El instituto emisor aclara que "los pasivos que se generen con ocasión de la oferta de divisas presentada a través del Sicad II no se computarán a los efectos de la constitución del encaje legal. Asimismo, los activos y pasivos que se generen con ocasión de la participación de las instituciones financieras del sistema, quedan igualmente excluidos para el cálculo de la posición en moneda extranjera".

En el Sicad II las empresas y los particulares participarán como compradores y vendedores. La paridad de ese mecanismo fluctuará, aunque el BCV y Pdvsa podrán intervenir.

Según las autoridades, tampoco habrá montos prefijados para participar en el mecanismo. El ministro de Economía y Finanzas, Rodolfo Marco Torres, aseguró que se permitirán las transferencias al exterior. MAH



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