Otro Blog del Grupo Noticias en Tweets »» Sígueme en Facebook Sígueme en Twitter Síguenos en Instagram Suscríbete a NT Youtube Suscríbete Gratis Síguenos en Google +

jueves, 24 de octubre de 2013

Utilidades deben incluir aumento del 10%




En Gaceta Oficial número 40.278 se establece que debe tomarse en cuenta el último incremento del salario mínimo del 10% para su cálculo. El monto a ser utilizado es de 2.973 bolívares.

EL UNIVERSAL

El aumento salarial del 10%, decretado por el Ejecutivo nacional, deberá ser considerado en el cálculo de utilidades que se cancelarán este 2013.

La disposición aparece en la Gaceta Oficial número 40.278 y el monto a ser utilizado es de 2.973 bolívares.

En la Gaceta se especifica la modificación de la fecha de pago de las utilidades, establecido anteriormente a partir del 31 de octubre, ahora será desde el 1 de noviembre.

Los empleados de la administración pública deberán recibir 90 días de sueldo integral como utilidades, lo que se calcula en base al sueldo integral del trabajador. Adicional a este pago, los trabajadores públicos deben recibir bonificaciones acordadas en sus contrataciones colectivas.

Los jubilados recibirán 90 días de pago, el monto será calculado de acuerdo a la cantidad devengada de la pensión asignada desde el 1 de noviembre.


Deja tu comentario