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martes, 11 de marzo de 2014

7 cosas que debe saber del Convenio Cambiario que crea el Sicad II


El Convenio Cambiario N° 27 establece las normas generales para el funcionamiento de un nuevo mercado de divisas. La compra y venta de divisas tendrá otro espacio en la economía

Mundo Economía y Negocios.

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  • ¿Qué es el Sicad II?. Es un mercado de divisas para comprar y vender en efectivo y títulos valores, donde pueden participar empresas públicas, privadas y personas naturales, sin límites ni cupos.

    ¿Quién fija la tasa?. La tasa de cambio de este mercado se fijará de acuerdo con la oferta y demanda diaria. El convenio señala que no se permitirán transacciones por debajo de la tasa oficial actualmente en Bs 6,30 por dólar . El BCV publicará a diario la tasa de cambio del Sicad 2 (artículo 14).

    ¿Dónde se puede hacer la operación?. La operación se podrá realizar en los bancos universales, comerciales, casas de bolsa y la Bolsa Pública de Valores Bicentenaria.

    Requiero una cuenta en dólares?. Sí. Para la operación de compras de divisas se requiere una cuenta en dólares en el país.

    ¿Qué pueden hacer las exportadoras?. Las empresas exportadoras podrán retener 60% de sus ingresos en divisas, que podrán colocar en este nuevo mercado, según el artículo 3 del Convenio. El restante 40% debe ser vendido al BCV a la tasa de cambio de este mercado.

    ¿Tengo que indicar para qué fin se usarán las divisas?. El Convenio Cambiario no establece requisitos previos ni posteriores a la compra divisas. Los bancos activarán sus mecanismos de medidas preventivas para evitar fuente ilícitas.

    ¿Si vivo en el exterior puedo comprar o vender divisas?. El artículo 5 del convenio establece que tanto empresas como personas, deben estar residenciadas en el país para hacer la compra. La venta de divisas sí de puede hacer desde el exterior o desde el país tanto para personas naturales como jurídicas, con cuentas nacionales.



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