Apiur objeta el marco legal, porque considera que el Presidente no fue facultado por Habilitante para legislar en materia inquilinaria.
EL UNIVERSAL
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) admitió el recurso de nulidad contra la Ley contra los Desalojos Arbitrarios que fue presentado por la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos (Apiur).
La organización señala en un comunicado que ese recurso fue presentado en mayo de 2011 y agrega que "el Presidente no fue facultado por la Habilitante para legislar en materia inquilinaria ni relativa a comodato, usufructo, ocupación, ni específicamente para limitar o reglamentar las facultades del Poder Judicial".
Se agrega que el decreto Ley en su Artículo 13 ha desmontado el estado de derecho inmobiliario estableciendo que "en todo caso, no se procederá a la ejecución forzosa sin que se garantice el destino habitacional de la parte afectada, por ser este un derecho de interés social e inherente a toda persona" y ello, según Apiur, "ha traído como consecuencia que aunque un propietario tenga una sentencia a favor para recuperar su vivienda alquilada, dada en usufructo, comodato o hasta invadida, esta sentencia no se pueda ejecutar hasta que el Ministerio de Vivienda le otorgue un refugio o vivienda al ocupante. Después de 2 años de decretada esta ley el ministerio no ha otorgado ni un refugio para tal fin".
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