Panorama
En la ordenanza establecen que las competencias ejercidas por Cadivi serán asumidas de manera inmediata por el Centro Nacional de Comercio Exterior (Cencoex), con la publicación del presente Decreto.
Asimismo estipula un lapso para culminar el proceso de supresión, el cual se extiende hasta el 31 de diciembre de 2014 y podrá ser prolongado en una única oportunidad hasta por un plazo máximo de un año.
Vencido el plazo el Vicepresidente Ejecutivo dictará la resolución que declare concluido el proceso de supresión de la Comisión Administradora de Divisas y establecerá el régimen regulatorio de los asuntos judiciales o administrativos.
Durante dicha fase, debe llevarse a cabo en condiciones tales que aseguren la continuidad administrativa de la gestión de las competencias que ejerce Cadivi, y que no pudieren ser transferidas de manera inmediata al Cencoex.
Por último, la Gaceta señala que las normas relativas a las materias competencia de Cadivi dictadas por el Ejecutivo Nacional, por la propia Comisión en el ejercicio de las competencias que tenía atribuidas, así como las contenidas en los convenios cambiarios vigentes, tendrán plena eficacia hasta tanto sean modificadas de conformidad con el ordenamiento jurídico aplicable.
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