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viernes, 10 de abril de 2015

Cencoex fragmenta el uso del cupo electrónico y baja el monto del cupo viajero


Cencoex reduce a un máximo de 2 mil dólares el cupo viajero. Solo la banca publica será operador cambiario.

Cencoex / Globovisión / Panorama

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  • Nuevas Condiciones de Control Cambiario A partir del lunes 13 de abril de 2015, solo se podrán recibir y tramitar las planillas de solicitud de autorización de adquisición de divisas para consumos con tarjetas de crédito en el exterior y efectivo para niños, niñas y adolescentes; que sean generadas a través del sistema del Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX) con fecha posterior al viernes 10 de abril de 2015. La recepción y tramitación de estas solicitudes solo se podrán realizar hasta el 5 de mayo de 2015, de conformidad con lo establecido en la nueva Providencia del CENCOEX Nro. 011, publicada en la Gaceta Oficial Nro. 40.636 de fecha 9 de abril de 2015, mediante la cual se establecen los requisitos, controles y trámites para la solicitud de autorización de adquisición de divisas destinadas al pago de consumos en el exterior. Culminado el plazo anteriormente indicado, estos trámites deberán hacerse ante la banca pública Así quedan los montos a asignar por destino:

    Para Estados Unidos bajó de $2.500 a $700; anteriormente, la cuota asignada era de $ 700 para el estado de Florida.

    Para África, Asia, Europa y Oceanía disminuyó de $2000 (De 1 a 7 días de estadía) a $1000, mientras que de $3000 (De 8 días en adelante) a $1125 y $2000.

    Para Canadá, Chile, El Salvador, Guatemala, Honduras y países integrantes de Alba y Mercosur, la asignación en dólares se redujo de $1000 (De 1 a 3 días de estadía) a $700; de $2000 a $1000 (De 4 a 7 días) y de $2500 a $1063 y $1500 (De 8 días en adelante).

    Para Aruba, Belice, Bonaire, Colombia, Costa Rica, Cuzarao, Guayana, México y Panamá, Perú y Surinam, se mantienen la asignación de $300 (De 1 a 3 días de estadía) y $500 (De 4 a 7 días), mientras que se redujo el cupo de $700 a $525 (De 8 días en adelante).

    La asignación de dólares para las Islas del Caribe bajó de $500 a $300 (De 1 a 3 días de estadía), de $700 a $500 (de 4 a 7 días de estadía) y de $1000 a $525 y $700 (De 8 días en adelante).

    Solo la banca pública tramitará los cupos viajero y electrónico

    El Centro Nacional de Comercio Exterior (Cencoex) estableció que solo los públicos serán operadores cambiarios autorizados para tramitar los cupos de viajero y electrónico.

    La Providencia 001, publicada en la Gaceta Oficial N° 40.636, señala en su artículo cinco que "los operadores cambiarios autorizados son los pertenecientes a la banca pública".

    Esto indica que solo los bancos Venezuela, Bicentenario, Del Tesoro y Industrial de Venezuela, De la Fuerza Armada y Agrícola de Venezuela, serán los autorizados para la adquisición de divisas de viajes y electrónico.

    Los usuarios que la banca privada podrán seguir utilizando su cupo por los siguientes 30 días, luego de ese plazo deben cambiar de operador a uno de la banca pública para hacer uso de los cupos. Aclara la providencia que en este último caso no será necesario los seis meses de espera .

    Se reduce el adelanto en dólares en efectivo

    El monto máximo de dólares en efectivo que dispondrá el usuario para viajes al exterior se redujo de $250 a $200; los mismos se obtienen a través de cajeros automáticos en el exterior.

    Cencoex fragmenta el uso del cupo electrónico

    De acuerdo a la providencia 011 de Cencoex, publicada en la Gaceta Oficial 40.636, se mantiene el cupo para consumo a través de operaciones electrónicas en el exterior al año en 300 dólares, pero éste solo se podrá usar en tres partes.

    Según aclara el artículo 26 de la providencia, se podrá hacer uso de este cupo cada cuatro meses y el monto total no es acumulativo, lo que quiere decir que si en uno de los cuatrimestres no se emplea, ya mo podrá sumarse a futuros consumos.

    La providencia puntualiza la manera de hacer uso de este cupo:

    Primer cuatrimestre (de enero a abril): $100
    Segundo cuatrimestre (de mayo a agosto): $100
    Tercer cuatrimestre (de septiembre a diciembre): $100

    Según el dictamen, “se excluye de la utilización de los mecanismos contemplados en la Providencia, a los beneficiarios de Autorizaciones de Adquisición de Divisas destinadas a Operaciones de Remesas a Familiares Residenciados en el Exterior; pago a actividades académicas en el exterior o envío a jubilados, pensionados y residentes en el exterior; funcionarios venezolanos en servicio exterior y agregaduría militares, así como, diplomáticos extranjeros acreditados ante Venezuela”.

    El texto oficial refiere que el tipo de cambio aplicarse para las operaciones establecidas será el resultante de la última asignación de divisas realizadas a través del Sistema Complementario de Administración de Divisas (Sicad).

    Asimismo, el usuario podrá utilizar indistintamente hasta 3 tarjetas de crédito de las cuales sea titular, para realizar los consumos por el monto autorizado por cada solicitud, siempre que dichas tarjetas hayan sido emitidas por el mismo operador cambiario autorizado.

    Ratifican requisitos para solicitud de dólares

    De acuerdo a la providencia el Cencoex se podrá autorizar hasta un monto máximo de 3.000 dólares o su equivalente en divisas por año a cada usuario. Serán descontados conforme a cada modalidad:

    – Autorización para realizar pagos en divisas con tarjeta de crédito en el exterior con ocasión de viajes.
    – Autorización para realizar pagos de consumos de bienes y servicios efectuados con tarjeta de crédito mediante operaciones de comercio electrónico con proveedores en el exterior.
    – Autorización de divisas para niños, niñas y adolescente.

    Según el dictamen, “se excluye de la utilización de los mecanismos contemplados en la Providencia, a los beneficiarios de Autorizaciones de Adquisición de Divisas destinadas a Operaciones de Remesas a Familiares Residenciados en el Exterior; pago a actividades académicas en el exterior o envío a jubilados, pensionados y residentes en el exterior; funcionarios venezolanos en servicio exterior y agregaduría militares, así como, diplomáticos extranjeros acreditados ante Venezuela”.

    El usuario podrá utilizar indistintamente hasta 3 tarjetas de crédito de las cuales sea titular, para realizar los consumos por el monto autorizado por cada solicitud, siempre que dichas tarjetas hayan sido emitidas por el mismo operador cambiario autorizado.


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